Flexibilidad Laboral : Una propuesta para lograr competitividad

13 Abril 2006

El Comité Laboral formó un grupo de trabajo
bajo la dirección de su Presidente,
Edgar Lourençon,
Director Gerente de General Motors Chile con el fin de preparar una propuesta en relación al tema de la flexibilidad laboral. Participaron en este grupo
representantes de diversas empresas de variados rubros (servicios, hotelería, manufactura, agropecuario, alimenticios).



Objetivos
Ha sido motivación de este grupo de trabajo, contribuir a aumentar la eficiencia y competitividad de las empresas, lo cual se hace cada vez más necesario y urgente. Los acuerdos comerciales de los que Chile es parte, exigen en forma más evidente que se adopten
las medidas necesarias para lograr este objetivo primordial.



También es un objetivo de este trabajo,
procurar la generación de empleos en el país y optimizar sus costos para hacerlo más competitivo y asimismo,
aumentar la participación en el mercado laboral de los jóvenes y
de las mujeres.



Por lo anterior, AmCham se dedicó a preparar esta propuesta de modificaciones a las normas laborales, las que dicen relación con los siguientes aspectos:



(i)


Permitir jornadas de trabajo en las que se considere la existencia de un llamado “Banco de Horas";
(ii)


Fomento del empleo juvenil;
(iii)


Flexibilización de los períodos pre y post natal;
(iv)


Permitir la separación de mujeres protegidas con el fuero maternal con el pago de las indemnizaciones correspondientes;
(v)


Crear un sistema alternativo de indemnización por años de servicios en caso de término de la relación laboral y
(vi)


Premiar la disminución de licencias médicas con el aumento del feriado legal.



A los temas antes mencionados nos referimos a continuación en este documento, debiendo tenerse presente que
se trata de ideas concretas que se fundan
en la experiencia de empresas muy relevantes en el quehacer nacional.
Estas empresas, al tener sus casas matrices en Estados Unidos, aportan la experiencia de dichas
entidades
en la búsqueda de medidas para incrementar la eficiencia y competitividad en los negocios, sin despreocuparse de los trabajadores que son esenciales a las mismas.





II

PROPUESTAS PARA FACILITAR EL LOGRO DE ESTOS OBJETIVOS:


1.


Jornadas de Trabajos que incorporan
un Banco de Horas:



Con objeto de lograr una mayor estabilidad laboral y adaptar las actividades
a las necesidades estacionales que se pueden presentar en las empresas, se propone implementar,
dentro de la jornada de trabajo,

un sistema de “banco de horas” que permita durante periodos de baja producción,
mantener los sueldos y reducir las horas de trabajo y en tiempos de alta producción ocupar las horas del “banco”.
Estas horas serán consideradas “horas de trabajo normales”.



Los supuestos para el funcionamiento de este banco de horas son los siguientes:



·


Se permiten pactos entre las empresas y empleados para la definición de jornadas especiales de trabajo bajo el concepto de “banco de horas”.
Los parámetros de cada acuerdo deberán ser convenidos entre las partes teniendo como base:



-


Mínimo de 35
y máximo de 50 horas semanales;
-


Se garantiza la remuneración de 45 horas promedio semanal;
-


Créditos en el banco es la diferencia entre las horas trabajadas en la semana y las 45 horas,
hasta el limite máximo de 50 horas
-


Débitos en el banco es la diferencia entre las horas trabajadas en la semana y las 45 horas hasta el límite mínimo de 35 horas
-


Las horas trabajadas por sobre el máximo de las 50 horas semanales y los días domingo deben ser canceladas como sobretiempo en el mes.
-


En cada trimestre se hace un balance del banco de horas de cada empleado y se cancela el saldo de créditos o se transfiere al trimestre siguiente el saldo de los débitos, dentro de un período máximo de 12 meses.
-


En caso de despido del empleado los saldos positivos a favor
de estos, se pagan como si fueren horas extraordinarias. Si el saldo fuere negativo para los trabajadores, se efectuarán descuentos por tales conceptos hasta el límite de un sueldo.



2.


Incorporación de jóvenes entre 18 – 24 años (Empleo juvenil)
Este programa se contempla como una alternativa adicional al sistema legal actualmente vigente.
Esto es, no trata de cambiar o sustituir lo que existe en la actualidad sino agregar un nuevo mecanismo al que podrán acogerse el trabajador y la empresa al momento de convenir su contrato de trabajo.



Está destinado al grupo de personas
jóvenes, entre 18 y 24 años, que se ven enfrentados a la búsqueda de trabajo sin contar con una experiencia laboral que les provea de competencias y habilidades para competir con personas que llevan más tiempo trabajando.



El objetivo de esta propuesta es ofrecer un modelo de reciprocidad entre jóvenes y empresa, donde las empresas puedan contratar fuerza de trabajo menos costosa y, a su vez, los jóvenes puedan acceder al mundo laboral donde tengan la oportunidad de capacitarse; recibir perfeccionamiento a fin de ser más productivo y adquirir competencias laborales que le servirán en el futuro.



También buscamos con esta propuesta, el facilitar el trabajo de los jóvenes que se encuentran estudiando, de manera de acelerar su experiencia laboral, integrándola con la etapa de estudios, incentivando a
los jóvenes
a buscar trabajo antes de
titularse
o egresar de sus programas de estudios..
En resumen, lo que se busca es ofrecer mayor flexibilidad a los jóvenes y empresarios en cuanto a horarios de las jornadas de trabajo y a los costos de contratación de un joven.
Condiciones del programa:
Jóvenes entre 18 a 24 años cumplidos.

Propuesta:




  • El límite de entrada al programa hasta los 24 años cumplidos.



  • El límite de salida son los 24 meses de trabajo con un mismo empleador.



  • La jornada de trabajo se podrá organizar de manera flexible, adecuando las horas de entrada y de salida, o los días de trabajo y de descanso.



  • Se aplicará la norma de salario mínimo y su pago proporcional a las horas trabajadas, en caso de jornadas inferiores



  • En esta organización de agenda flexible no se podrá superar las 12 horas diarias.



  • Se mantienen los derechos previsionales, salud y seguro de cesantía.



  • Los trabajadores que se sometan a este mecanismo no tendrán derecho a indemnización por años de servicios.
    Como contra partida, deberá existir un programa de capacitación de cargo de la empresa, o conducentes a la terminación de estudios, que podrá financiarse, en todo o en parte con fondos provenientes de los programas de capacitación del Sence u otros similares.



  • El período de trabajo con un único empleador sometido al programa especial de trabajo, no podrá exceder de 24 meses, terminado el cual se aplicará la legislación vigente, a contar del término de dicho período.




3. Pre y postnatal
Antecedentes:
1.


Según el Código del Trabajo, el período de pre natal se inicia 6 semanas previas a la fecha del parto estimada por el médico, y el período de descanso maternal post-natal finaliza a las 12 semanas después de ocurrido el parto.
2.


El período de fuero maternal, comienza al finalizar el periodo de descanso
post natal, es decir a las 12 semanas del parto, y tiene una duración de 1 año.


Objetivo de la propuesta:



La propuesta se centra en una mirada más flexible en el tratamiento de los períodos de pre y post natal y del fuero maternal.
·


Propuesta respecto al pre y postnatal:

-


Entregarle a la futura madre la decisión de posponer su salida prenatal y traspasar ese tiempo hacia su período post natal.
-


Permitir tomar el periodo postnatal en medias jornadas a fin de hacer más largo el período y poder incorporarse antes a su trabajo.
Por ejemplo, regresar a las 6 semanas al trabajo, pero trabajando media
o ¾ de jornada durante un mayor tiempo que el normal del post natal. El sueldo sigue siendo de 100%.
·


Propuesta respecto al fuero maternal:
-


El
fuero maternal tiene como propósito

permitir que desde la fecha del embarazo, hasta poco después del primer año de vida del hijo, la madre tenga una estabilidad en su trabajo, la puede verse amenazada por la especial situación que atraviesan con ocasión de la maternidad.
-


Se propone que el empleador tenga la facultad de despedir a una empleada beneficiada por este fuero, pagando todos los costos asociados,
tanto al período de fuero como a la indemnización por años de servicio que le corresponda,
sin tener que solicitar autorización judicial previa.




4.


Trabajadores extranjeros



-
Se propone aumentar a 30% la cantidad de trabajadores extranjeros que pueden desempeñarse en una empresa. Esto facilitará la creación y/o traslado al país
de entidades que, por la naturaleza de sus funciones, requieran una alta participación de extranjeros
De esta manera, en casos especiales y de acuerdo a las necesidades de la empresa, se podría apelar a este mecanismo.

5.


Programa alternativo de indemnización por años de servicio en caso de término de la relación laboral.



Se propone crear una alternativa adicional al sistema legal actualmente vigente.
Esto es, no trata de cambiar o sustituir lo que existe en la actualidad sino agregar un nuevo mecanismo al que podrán acogerse el trabajador y la empresa al momento de convenir su contrato de trabajo.



Puede aceptarse
que la idea básica de la indemnización por años de servicios es que el ex trabajador pueda mantenerse económicamente mientras encuentra otra fuente de ingreso o sustento. Asimismo, la indemnización busca darle una mayor connotación
y favorecer la constancia o lealtad en la empresa, en la forma de un ahorro para el futuro.



Se propone una contratación con la siguiente opción que puede ser acordada entre trabajadores y empleadores. Este mecanismo está destinado a la contratación de empleados mayores de 24 años y que no hayan hecho uso de la alternativa relacionada con el trabajo juvenil indicado en el punto N°2 de este documento.



-


Por los primeros 2 años de antigüedad, la indemnización será equivalente a un 30% de la remuneración mensual por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses;
-


Por los años de antigüedad tercero, cuarto, quinto y sexto, la indemnización será
de un 50% de la remuneración mensual por año de servicio o fracción superior a 6 meses;
-


Por los años de antigüedad, séptimo, octavo, noveno, décimo y decimoprimero, la indemnización será de un 100% de la remuneración mensual por cada año de servicio o fracción superior a 6 meses.
-


A contar de los 12 años de antigüedad y hasta por un nuevo periodo de 12 años se aplicará una indemnización por años de servicio, que procederá a todo evento, la
que será
de un 50% de un mes de remuneración por cada año de servicio o fracción
superior a 6 meses.



6.


Licencias Médicas y Vacaciones




a) Al período normal de vacaciones existente en el sistema actual, se agrega un beneficio adicional
de hasta 2 días hábiles, los que procederán en caso que no se hagan uso de licencias médicas por enfermedad
en el período respectivo;
b)


Facultar al empleador para establecer feriados colectivos con un mínimo de 10 días.
c)


Facultar el fraccionamiento de las vacaciones, de forma que los días puedan ser inferiores a 5 días.



III
Consideraciones finales.



Esta propuesta indica los temas que AmCham considera deben ser abordados en una futura legislación laboral.



No obstante ello, existen otras materias que también podrían ser analizadas con el propósito de incrementar la competitividad y eficiencia de las empresas, todo ello
sin menoscabo a los derechos de los trabajadores. Un ejemplo de estas otras medidas es la que tiene que ver con
la situación de desamparo en que queda el sector productivo y comercial durante los meses de Enero y Febrero con motivo del sistema de vacaciones que existe en el país.
Sería conveniente estudiar un sistema de repartir las vacaciones en forma más homogénea entre los meses de Enero, Febrero y Marzo, para lo cual debería modificarse el sistema de vacaciones escolares, de manera de dividirse el período y distribuirse por establecimientos educacionales según sectores o bien por áreas geográficas.
Es el caso aplicado en Holanda, en que precisamente con el objetivo de mantener la marcha productiva del país, se establecieron 3 períodos de vacaciones escolares que van del 1° de Agosto al 15 de Septiembre, 15 de Agosto al 30 de Septiembre y 1° de Septiembre al 15 de Octubre.
El resultado impactó en la competitividad de las empresas.

Han colaborado en la preparación de este documento y propuestas los siguientes integrantes de la Comisión Laboral de AmCham, bajo la presidencia del Sr. Edgar Lourençon:

Laura Barbieri














Jorge León
Gerente RRHH Hotel Marriott








Gerente RRHH Goodyear
Francesca Di Girolamo











Iván Marambio
Gerente RRHH IBM














Abogado Dole Chile
Arno Ruskus














Dario Luksemberg
Senior Associates de Korn Ferry








Gerente RRHH McDonald’s
Fernando Hurtado
Socio Urenda, Rencoret, Orrego y Dörr


Santiago, 6 de Enero del 2006

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