Evitando la Doble Tributación Avoiding a Double Tax Bill

16 Marzo 2010

En medio de las temperaturas extremadamente bajas que afectaron a Washington D.C. durante los últimos meses, hubo al menos un brevísimo descongelamiento. En apenas unos pocos días en diciembre, un propuesto tratado tributario entre Estados Unidos y Chile que había estado congelado por casi 10 años volvió a activarse.


El principal bosquejo del acuerdo para evitar la doble tributación estaba listo desde hacía tiempo, señala Liselott Kana, la jefa del Departamento de Normas Internacionales del Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile. Y, luego que los dos países suscribieron su tratado de libre comercio en el 2003, naturalmente parecía el próximo paso.


Después de todo, Estados Unidos tiene acuerdos de doble tributación con casi 70 países, incluidos no sólo sus principales socios comerciales, sino que también economías pequeñas como Sri Lanka, Túnez y Armenia. En América Latina, Estados Unidos tenía un acuerdo vigente con Venezuela desde 1999.


De igual forma, la red de acuerdos tributarios de Chile -si bien no es tan extensa como la de sus tratados de libre comercio- es bastante amplia y cubre la mayor parte de las naciones europeas y de otros países de América Latina además de Canadá. Entonces, ¿por qué no tenerlo con Estados Unidos?


El problema era una falta de salvaguardas que Estados Unidos consideraba necesarias para asegurar que sus ciudadanos no usarían cuentas bancarias chilenas para evadir impuestos en su país de origen. Las normas de confidencialidad con la que los bancos deben tratar la información de sus clientes son el impedimento más común para los tratados de carácter tributario, destaca John Murphy, vicepresidente de asuntos internacionales de la Cámara de Comercio de Estados Unidos en Washington.


Ellas son, por ejemplo, una de las razones por las que Estados Unidos no tiene un acuerdo tributario con Brasil, “la única economía de un billón de dólares con la que no tenemos un acuerdo (tributario)”, destaca Murphy.


La insistencia respecto de tales salvaguardas no es sólo un capricho de Estados Unidos. Las negociaciones respecto de los impuestos de Chile con Australia también se estancaron por la misma razón y otros países, con los que Chile suscribió acuerdos en la década de los 90, han adoptado desde entonces una postura más dura.


Sin embargo, esta barrera al tratado tributario entre Chile y Estados Unidos se eliminó en octubre cuando -como condición para el ingreso de Chile a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE)- el Congreso de la nación sudamericana aprobó un proyecto de ley que entrega al SII nuevas facultades para acceder a la información sobre transacciones a través de cuentas bancarias y para compartir esa información con autoridades tributarias de otros países.


Ello allanó el camino para que Chile y Estados Unidos suscribieran su tan esperado acuerdo el 4 de febrero. Elogiando el historial económico de Chile, el secretario del Tesoro de Estados Unidos, Timothy Geithner, alabó al pacto como el punto de inicio de “un nuevo capítulo en la sólida relación económica entre Estados Unidos y Chile”.


Implementando el Tratado


Dado que aún requiere la ratificación del Congreso de ambos países, el tratado probablemente no entrará en vigencia hasta comienzos del próximo año. No obstante, empresas en Chile y Estados Unidos ya están analizando qué representa el acuerdo para ellas y cómo pueden sacarle provecho.


Por supuesto, la esperanza está puesta en que impulsará la inversión bilateral y, en particular, la inversión extranjera directa de empresas estadounidenses en Chile. Durante los últimos 35 años, momento en que Chile inició el proceso de apertura de su economía, Estados Unidos ha sido por lejos su mayor inversionista extranjero, correspondiendo a cerca de un cuarto de los ingresos totales en virtud del Decreto Ley 600 Estatuto de la Inversión Extranjera (DL 600).


Sin embargo, después de alcanzar cifras en torno a los US$ 1.000 millones al año desde mediados de la década de los 90 hasta el 2001, la inversión extranjera en Chile por parte de empresas estadounidenses se enfrió a la mitad de ese monto o menos (si bien repuntó a US$ 3.700 millones en el 2009 cuando la gigante firma minorista Wal-Mart adquirió el control de la cadena chilena de supermercados D&S). Esta caída refleja tendencias globales -principalmente, la creciente importancia de China como un imán para la inversión extranjera directa- pero, “al margen de ello, el tratado tributario entre Estados Unidos y Chile será importante”, sugiere Murphy.


Su opinión es compartida por Franco Brzovic, abogado experto en derecho tributario y socio de Pérez Donoso y Cía, estudio de abogados con sede en Santiago. “La aplicación de impuestos no es el principal factor, pero es uno de los puntos en la lista de temas que revisan las empresas cuando deciden dónde invertir”, afirma.


Una ventaja que aparecerá de manera inmediata, incluso antes de que el tratado entre en vigencia, es el nuevo brillo que da a la imagen internacional de Chile. En comparación con su reciente ingreso a la OCDE, eso puede parecer un asunto menor, pero “Estados Unidos es muy selectivo respecto de con quién firma tratados tributarios”, destaca Kana.


Más aún, el acuerdo distingue a Chile respecto de otros países de América del Sur. A excepción de Venezuela, Estados Unidos no tiene un tratado tributario con ningún otro país en la región y “eso da a Chile una ventaja en su apuesta por desarrollarse como una plataforma regional de negocios”, destaca Héctor Lehuedé, asesor tributario del Ministerio de Hacienda durante el Gobierno de la ex presidenta Michelle Bachelet.




Pero, en términos más tangibles, también eliminará “una desventaja a la que se le ha prestado poca atención, pero que es muy real para Chile a los ojos de las empresas multinacionales con sede en Estados Unidos”, señala Murphy. A primera vista, eso parece improbable dado que el tratado no modificará el impuesto sobre las ganancias remitidas desde Chile a Estados Unidos.


En la mayoría de los países, incluido Estados Unidos, el impuesto a la retención aplicado a las remesas por ganancias es adicional al impuesto a la renta pagado por la empresa sobre esas utilidades. Sin embargo, en virtud del denominado “sistema integrado” de Chile, el impuesto a la renta corporativo -que se aplica a una tasa del 17%- sirve como crédito contra el impuesto a la retención del 35%.


Entonces, en otras palabras, las empresas que invierten en Chile terminan pagando sólo un 35% sobre las remesas de ganancias. Y, tal como en negociaciones tributarias con otros países, los negociadores de Chile defendieron a brazo partido esta tasa en las negociaciones con Estados Unidos.


“Otros países no reducen su impuesto a la renta para las empresas en los tratados, (sólo reducen) el impuesto a la retención”, destaca Lehuedé, “y nosotros no rebajamos nuestro impuesto a la retención, porque nuestro sistema integrado significa que, para los inversionistas extranjeros que remiten ganancias, ya es equivalente a cero”.


Al eliminar la doble tributación -o los obstáculos que se requiere superar previamente para evitarla- el tratado aumentará, no obstante, la competitividad de las filiales chilenas de compañías estadounidenses, fortaleciendo su posición en procesos de licitación al interior de las mismas empresas para abastecer contratos a nivel mundial. Y eso, a su vez, hará que la inversión en Chile sea más atractiva.


La Otra Cara de la Moneda


Las empresas chilenas que invierten en Estados Unidos están sujetas a impuestos a la renta tanto a nivel federal como estatal que, si bien varían dependiendo del estado o los estados en los que tienen operaciones, normalmente fluctúan entre el 33% y el 35%.


Luego, si remiten sus ganancias de vuelta a Chile como dividendos, se les aplica otro impuesto de retención del 30%. Y, debido a que ese impuesto no permite ninguna reducción, se aplica sobre una base bastante alta, explica Manal Corwin, asesora de tributación internacional del Departamento del Tesoro de Estados Unidos.


A Chile le habría gustado que Estados Unidos redujera este impuesto de retención a cero para todas las empresas chilenas, sostiene Kana, pero sólo lo logró en el caso de los fondos de pensión. Para los inversionistas que mantengan al menos una participación del 10% en la empresa que paga dividendos -o, en la práctica, inversores de inversión extranjera directa- se reducirá al 5% y, para los que tienen participaciones más pequeñas, al 15%.


También hay otra ventaja para los inversionistas chilenos en Estados Unidos, según Charles Kimber, gerente de asuntos corporativos y comerciales de Arauco, una de las empresas forestales líderes del país sudamericano. Algunos de los empleados expatriados que la empresa tiene en su filial estadounidense se ven duramente afectados por la doble tributación, pero una vez que el tratado entre en vigencia, podrán obtener un crédito fiscal sobre los impuestos que hayan pagado ahí contra sus obligaciones en Chile, anticipa.


Más aún, al simplificar los impuestos, el tratado ofrece una potencial ganancia para las pequeñas empresas chilenas en Estados Unidos, añade Kimber.


Arauco, que tiene ventas anuales por cerca de US$ 400 millones en Estados Unidos, está estructurada de tal manera que el precio que su filial en Estados Unidos paga a la matriz chilena por los productos madereros que comercializa en ese país es claro y está respaldado por estudios de transferencia de precio llevados a cabo por auditores internacionales.


Pero, ¿qué ocurre con las pequeñas empresas que no pueden costear esos estudios? Corren el riesgo de verse de repente obligadas a pagar impuesto a la renta en Estados Unidos no sólo sobre sus márgenes sino que también sobre la diferencia entre sus costos en Chile y el precio al que venden a su filial en Estados Unidos, destaca Kimber.


Exportaciones de Servicios


Sin embargo, para Kana, las reducciones de impuestos a las regalías y aranceles sobre los servicios podrían terminar siendo el beneficio individual más importante del nuevo tratado para Chile. “Facilitará en gran medida la transferencia de tecnología desde Estados Unidos a Chile”, subraya.


En la actualidad, una empresa chilena que paga regalías o royalties a Estados Unidos está sujeta a un impuesto de retención del 30% (o del 15%, en el caso de software), mientras que, en virtud del nuevo tratado, esto se reducirá a un máximo del 10% y, en algunos casos, a un magro 2%. Más aún, en lo que respecta a otros impuestos, el tratado fija estas tasas contra futuros cambios unilaterales.


De igual forma, para una empresa chilena que arrienda equipos desde Estados Unidos -lo que a menudo constituye una forma indirecta de transferencia tecnológica- el tratado establece un impuesto máximo de retención del 2%. En la mayor parte de los casos, las empresas chilenas actualmente sólo pagan el 1,75%, destaca Kana, pero, para aquellas que pagan hasta un 35%, será una gran beneficio.


El tratado también representa una gran ganancia para la competitividad de los exportadores estadounidenses de servicios. En la actualidad, ellos están sujetos a un impuesto de retención en Chile de hasta el 35%, el que, en muchos casos, disminuirá a cero una vez que el tratado entre en vigencia.


Pero la desventaja en la que se encuentran algunos exportadores estadounidenses de servicios es aún mayor de lo que estas cifras sugieren. La trampa, señala Lehuedé, es que el impuesto de retención se aplica sobre el valor bruto de los servicios vendidos mientras que, en Estados Unidos, se aplica sólo al impuesto a la renta sobre sus ganancias netas de manera que el crédito tributario al que tienen derecho ahí usualmente corresponde a sólo una fracción de lo que ya han pagado en Chile.


En otras palabras, el tratado los eximirá de una elección desagradable entre subir sus precios para proteger sus resultados o recortar sus márgenes con el fin de competir con empresas de países que ya cuentan con tratados para evitar la doble tributación con Chile.


Para los exportadores de servicios tanto de Estados Unidos como de Chile, el tratado también ayuda al definir por primera vez la importante pregunta de qué entienden los dos países como un “establecimiento permanente”. Esto es importante debido a que ser “permanente” en el otro país implica responsabilidad respecto de sus impuestos a la renta y de retención, más que sólo la tributación del país desde donde se generaron los servicios.


Para países con los que Estados Unidos no tiene un tratado tributario, el nivel (que hay que alcanzar) para ser considerado “permanente” es bastante bajo y fácil de activar, admite Corwin. Y la situación no es tan diferente en Chile, añade Lehuedé.


Sin embargo, una vez que el tratado entre en vigencia, tanto las empresas de servicios como las personas que ofrecen servicios profesionales estarán en una posición más sólida. Ellos sabrán que, siempre y cuando no tengan una oficina o sucursal en el otro país, pueden pasar hasta 183 días ahí en un período de 12 meses sin correr el riesgo de ser clasificado como “permanentes”.


“Entregar certeza es una de las principales funciones de los tratados tributarios”, destaca Corwin. También lo es proteger a los contribuyentes de una doble tributación a través de la clara asignación de derechos tributarios entre los dos países, añade. Si bien la prueba del tratado entre Chile y Estados Unidos estará en su implementación, este parece cumplir con estos dos requerimientos, en donde el desarrollo económico de Chile sería el principal posible beneficiario.


Ruth Bradley es corresponsal en Santiago de The Economist.






























Ejemplos de Cambios en virtud del Tratado Tributario entre Chile y Estados Unidos




ANTES


DESPUÉS


Remesas de ganancias sobre la inversión extranjera directa en Chile


35% (17% impuesto corporativo + 35% impuesto de retención – crédito por
impuesto corporativo)


Sin cambios


Aranceles para servicios provistos desde Estados Unidos a Chile


Impuesto de retención en Chile de hasta el 35% del valor bruto de los servicios


Se redujo en muchos casos al 0%, siempre y cuando la empresa estadounidense no tenga operaciones
permanentes en Chile


Arriendo de equipos por parte de una empresa estadounidense a una empresa chilena


Impuesto de retención, usualmente por un 1,75%, pero puede ascender hasta el 35%


Fija un máximo del 2%


Regalías pagadas a una empresa estadounidense por una empresa chilena


Impuesto de retención del 30% (15% para software)


Se rebajó desde un máximo del 10%


Remesas de dividendos desde Estados Unidos a Chile






Impuesto de retención del 30%


Se redujo al:


-








5% para tenedores de participaciones de al menos un 10%


-








15% para tenedores de
participaciones más pequeñas


-








0% para los fondos de
pensiones











































In the midst of the freezing weather that has hit Washington D.C. over the last few months, there was, at least, one very quick thaw. In just a few short days in December, a proposed tax treaty between the United States and Chile that had been on ice for almost ten years was warmed back to life.


The main outline of the agreement on avoidance of double taxation had long been clear, says Liselott Kana, head of international taxation at Chile’s national tax service, the Servicio de Impuestos Internos (SII). And, after the two countries signed their free trade agreement in 2003, it seemed the natural next step.

After all, the U.S. has double taxation agreements with almost 70 countries, including not only its major trading partners but also small economies like Sri Lanka, Tunisia and Armenia. In Latin America, it has had an agreement in place with Venezuela since 1999.

Similarly, Chile’s network of tax agreements - although not as comprehensive as its free trade agreements - is pretty broad, covering most European and other Latin American countries as well as Canada. So why not the United States?

The problem was a lack of the safeguards that the U.S. deemed necessary to ensure that its nationals wouldn’t use Chilean bank accounts to evade tax in their home country. Rules on the confidentiality with which banks must treat clients’ information are the most common impediment to tax treaties, notes John Murphy, vice-president for international affairs at the U.S. Chamber of Commerce in Washington.

They are, for example, one of the reasons that the U.S. doesn’t have a tax treaty with Brazil - “the only trillion-dollar economy with which we don’t have an agreement,” points out Murphy.

Insistence on these safeguards is not just a whim of the United States. Chile’s tax talks with Australia also stalled for the same reason and other countries, with which Chile signed agreements in the 1990s, have since taken a tougher stance.

But this barrier to the Chile-U.S. tax treaty was removed in October when - as a condition for Chile’s accession to the Organisation for Economic Co-operation and Development (OECD) - the Chilean Congress approved a bill giving the SII new powers to access information about transactions through bank accounts and to share it with tax authorities in other countries.

This paved the way for Chile and the U.S. to sign their long-awaited agreement on February 4. Praising Chile’s economic record, U.S. Treasury Secretary Timothy Geithner hailed the deal as marking the start of “a new chapter in the strong economic relationship between the United States and Chile.”
Putting the treaty to work

Still requiring ratification by Congress in both countries, the treaty probably won’t come into force until the beginning of next year. However, companies in Chile and the U.S. are already looking at what it means for them and how they can use it to their advantage.

The hope, of course, is that it will boost bilateral investment and, particularly, Foreign Direct Investment (FDI) by U.S. companies in Chile. Over the past 35 years, since Chile started to open its economy, the United States has been by far its largest foreign investor, accounting for around a quarter of total inflows under the DL 600 Foreign Investment Statute. However, after reaching amounts of around US$ 1 billion a year from the mid-1990s through to 2001, FDI in Chile by U.S. companies has since cooled to half that amount or less (although it did pick up to US$ 3.7 billion in 2009 when retail giant Walmart acquired control of Chile’s D&S supermarket chain).

This drop reflects global trends - principally, the growing importance of China as a magnet for FDI - but, “at the margin, the U.S.-Chile tax treaty will be important,” suggests Murphy. His view is echoed by Franco Brzovic, a tax lawyer and partner at Pérez Donoso y Cía, a Santiago law firm. “Taxation isn’t the main factor but it is one of the items on the check list that companies look at when deciding where to invest,” he says.


One advantage that will kick in immediately, even before the treaty comes into force, is the new shine it puts on Chile’s international image. Alongside its recent accession to the OECD, that may seem a minor matter but “the U.S. is very selective about who it signs tax treaties with,” notes Kana.

Moreover, the agreement sets Chile apart from other South American countries. Except for Venezuela, the U.S. doesn’t have a tax treaty with any other country in the region and “that gives Chile an edge in its bid to develop as a regional business platform,” points out Héctor Lehuedé, chief tax advisor at the Finance Ministry under the government of former president Michelle Bachelet.

But, in more tangible terms, it will also do away with “a little noticed but very real disadvantage for Chile in the eyes of U.S.-based multinationals,” says Murphy. At first sight, that seems odd since the treaty will not change the tax on profits remitted from Chile to the U.S.

In most countries, including the United States, withholding tax on profit remittances is additional to the income tax paid by the company on those earnings. However, under Chile’s so-called “integrated system,” corporate income tax - charged at a rate of 17% - serves as a credit against a 35% withholding tax.

So, in other words, companies investing in Chile end up paying only 35% on profit remittances. And, as in its tax talks with other countries, Chile’s negotiators defended this rate tooth-and-nail in negotiations with the U.S.

“Other countries don’t lower their corporate income tax in treaties, only their withholding tax,” points out Lehuedé, “and we don’t lower our withholding tax because our integrated system means that, for foreign investors remitting profits, it is already equivalent to zero.”

By eliminating double taxation - or the hoops previously needed to avoid it - the treaty will, however, increase the competitiveness of the Chilean subsidiaries of U.S. companies, strengthening their position in intra-company bidding processes to supply global contracts. And that, in turn, will make investment in Chile more attractive.

Other side of the coin


Chilean companies that invest in the U.S. are liable to federal and state income taxes that, although varying depending on the state or states in which they do business, usually range from 33% to 35%.

Then, if they remit their earnings back to Chile as dividends, they are charged a further 30% withholding tax. And, because that tax doesn’t permit any deductions, it’s levied on a pretty high base, explains Manal Corwin, international tax counsel at the U.S. Treasury.

Chile would have liked the U.S. to reduce this withholding tax to zero for all Chilean companies, says Kana, but achieved this only in the case of pension funds. For investors holding at least a 10% stake in the company paying dividends - or, in practice, FDI investors - it will drop to 5% and, for smaller stakes, to 15%.

There is also another advantage for Chilean investors in the U.S., says Charles Kimber, corporate affairs and marketing director at Arauco, one of the country’s leading forestry companies. Some of the expatriate employees at its U.S. subsidiary currently get hit by double taxation but, once the treaty comes into force, will be able to credit the taxes they have paid there against liabilities in Chile, he anticipates.

Moreover, by simplifying taxes, the treaty offers a potential gain for small Chilean companies in the U.S., adds Kimber.

Arauco, which has annual sales of around US$ 400 million in the U.S., is structured in such a way that the price at which its U.S. subsidiary pays the Chilean parent company for the wood products it markets there is clear and backed by transfer-price studies carried out by international auditors.

But what of small companies that can’t afford such studies? They run the risk of suddenly finding themselves asked to pay U.S. income tax not only on their margin in the U.S. but also on the difference between their costs in Chile and the price at which they sell to their U.S. subsidiary, points out Kimber.

Service exports

For Kana, however, reductions in taxes on royalties and fees for services may prove to be the new treaty’s single most important benefit for Chile. “It will greatly facilitate the transfer of technology from the U.S. to Chile,” she notes.

At present, a Chilean company paying royalties to the U.S. is subject to a withholding tax of 30% (or 15%, in the case of software) whereas, under the treaty, this will be reduced to a maximum of 10% and, in some cases, a mere 2%. Moreover, as with other taxes, the treaty locks in these rates against future unilateral changes.

Similarly, for a Chilean company that rents equipment from the U.S. - often an indirect form of technology transfer - the treaty locks in a maximum withholding tax of 2%. In most cases, Chilean companies currently pay only 1.75%, notes Kana, but, for those paying up to 35%, it will be a big break.

The treaty also represents a huge gain for the competitiveness of U.S. service exporters. They are currently subject to a Chilean withholding tax of up to 35% which will, in many cases, drop to zero once the treaty comes into force.

But the disadvantage at which U.S. service exporters currently find themselves is even larger than these figures suggest. The catch, says Lehuedé, is that the withholding tax is levied on the gross value of services sold whereas, in the U.S., they are liable only for income tax on their net profits so the tax credit they are entitled to there is usually only a fraction of what they have already paid in Chile.

The treaty will, in other words, free them from an unpalatable choice between raising their prices to protect their bottom line or cutting their margin in order to compete with companies from countries that already have a double taxation avoidance treaty with Chile.

For service exporters from both the U.S. and Chile, the treaty also helps by defining for the first time the important question of what the two countries understand as a “permanent establishment.” This is important because being “permanent” in the other country entails liability to its income and withholding taxes, rather than just the taxation of the country from which the services were generated.


For countries with which the U.S. does not have a tax treaty, the threshold for being considered “permanent” is fairly low and easy to trip, admits Corwin. And the situation isn’t so different in Chile, adds Lehuedé.

Once the treaty comes into force, however, service companies as well as individuals offering professional services will be on firmer ground. They will know that, providing they don’t have an office or branch in the other country, they can spend up to 183 days there in a 12-month period without running the risk of being classed as “permanent.”

“Providing certainty is one of the primary functions of tax treaties,” notes Corwin. So too, she adds, is protecting taxpayers from double taxation through the clear allocation of tax rights between the two countries. Although the proof of the Chile-U.S. treaty will be in its implementation, it appears to fulfill both these requirements, with Chile’s economic development as its main potential beneficiary.

Ruth Bradley is the Santiago correspondent of The Economist.





































Examples of Changes under the Chile-U.S. Tax Treaty



 



BEFORE



AFTER



Remittance of earnings on U.S. foreign direct investment in Chile



35% (17% corporate tax + 35% withholding tax – credit for corporate tax)



Unchanged



Fees for services provided from the U.S. to Chile



Withholding tax in Chile of up to 35% of gross value of services



In many cases, reduced to 0%, providing the U.S. company does not have permanent operations in Chile



Rental of equipment by U.S. company to Chilean company



Withholding tax, usually 1.75% but up to 35%



Locks in maximum of 2%



Royalties paid to U.S. company by Chilean company



Withholding tax of 30% (15% for software)



Reduced to maximum of 10%



Remittance of dividends from U.S. to Chile


 


 



Withholding tax of 30%



Reduced to:


-          5% for holders of stakes of at least 10%


-          15% for smaller stakes


-          0% for pension funds


Compartir