AmCham Chile realiza conversatorio informativo sobre su reforma de estatutos

AmCham al Día
05 Diciembre 2023
Autor: AmCham Chile
La propuesta de texto se someterá a votación el próximo 13 de diciembre de 2023 en una Asamblea Extraordinaria de socios.

 La Cámara Chilena Norteamericana de Comercio, AmCham Chile, realizó un conversatorio informativo para explicar su proceso de reforma de estatutos que será sometida a votación el próximo miércoles 13 diciembre en su Asamblea Extraordinaria. 

“La idea de realizar una reforma nace a inicios de este año, cuando nuestro Directorio acordó la importancia de avanzar en el fortalecimiento de su gobierno corporativo, razón por la cual decidió llevar a cabo un proceso de actualización y modernización de sus estatutos”, señala la gerente general de AmCham, Paula Estévez. 

Algunas de las reformas propuestas son las de carácter administrativo, entre las que se encuentra que los socios deban informar a AmCham no sólo sus cambios de domicilio, sino también de representante, correo electrónico y número telefónico. Esto, con el fin de poder facilitar el contacto desde nuestro de equipo de Socios ante cualquier requerimiento. Asimismo, dado los últimos sucesos a nivel mundial, como fue la pandemia del COVID-19, se incorporó la posibilidad de celebrar Asambleas de manera remota o híbrida, a través del uso de medios telemáticos. 

En materia de Directorio, en tanto, se limita a dos años el período de ejercicio de la figura del past president, dado que hoy puede llegar a permanecer hasta cuatro años en el cargo, y se establece que ninguna persona podrá ejercer el cargo de director de AmCham por más de 12 años, sumados todos sus períodos de ejercicio. Esto, con el objetivo de promover que haya un mayor grado de recambio de directores. No obstante, la limitación de 12 años establecida no afecta el período de ejercicio de los actuales directores o de aquellos que fueron elegidos en octubre de este año para respetar la voluntad expresada por los votantes en estos últimos procesos. 

Además, se introducen mejoras a la redacción de los deberes del Directorio, para regular de forma más clara el ejercicio de sus atribuciones para crear y regular nuevos comités, designar consejeros del Directorio, designar a los representantes ante otras instituciones y dictar y modificar sus normas, reglamentos y normas internas. 

En materias vinculadas al Presidente del Directorio, la propuesta de reforma de estatutos complementa sus atribuciones y regula con mayor detalle su duración, proceso de elección, causales de cesación en el cargo y procedimiento de reemplazo. 

Adicionalmente, se reemplaza el cargo de “presidente del Comité de Nominaciones” por el de “primer vicepresidente”, quien tendrá que ser nombrado por acuerdo de la mayoría absoluta de los directores en ejercicio, a propuesta del presidente. De esta forma, además de liderar el Comité antes mencionado, este cargo reemplazará al presidente en su ausencia y puede ser removido por temas de confianza. 

Asimismo, el nuevo texto reemplaza el cargo de “tesorero” por el de “segundo vicepresidente” el cual, al igual que el primer vicepresidente, también es nombrado por acuerdo de la mayoría absoluta de los directores en ejercicio, a propuesta del presidente, quien puede removerlo por temas de confianza. Además, este cargo deberá continuar ejerciendo las funciones de tesorería, y reemplazará al presidente en su ausencia cuando no pueda hacerlo el primer vicepresidente. 

Por último, la propuesta de reforma de estatutos modifica ciertas normas relativas al Comité de Nominaciones, para regular mejor su funcionamiento y conformación. Esto, con el objetivo de que este órgano goce de un mayor grado de representatividad y legitimidad, dada la importancia de su misión. Además, se establece que cuatro de sus cinco integrantes sean elegidos directamente por el Directorio, sin que requieran haber sido propuestos por el presidente, como ocurre en la actualidad. 

También se introduce un nuevo artículo para establecer formalmente el deber de sus miembros de inhabilitarse al verse afectados por conflictos de interés u otras circunstancias que puedan comprometer su imparcialidad. 

 

Sobre el proceso de votación

En la Asamblea Extraordinaria de socios que se realizará el próximo miércoles 13 de diciembre, solo podrá votar el representante designado ante AmCham de cada empresa. Sin embargo, si aquel representante no pudiera asistir a la instancia, se puede transferir el derecho a voto a un nuevo representante de su compañía, mediante la solicitud de un documento de designación. 

De igual forma, en caso de que ningún representante de la empresa pueda asistir, pueden delegar su derecho a voto a otro socio, por medio de una carta-poder, a través de una solicitud del documento. 

Para conocer en detalle la reforma de estatutos, ingresa aquí. 
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Cámara Chilena Norteamericana de Comercio